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COLOMBIA: Reformas al reglamento en PH
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Resposta  Missatge 1 de 1 del tema 
De: Ruben1919  (Missatge original) Enviat: 12/11/2018 23:27

87. a. Las reformas a los estatutos en P.H., son muy costosos, ¿cuándo se debe reformar los estatutos y más o menos cuánto valen?

R/ Pues a mi parecer ni tanto, lo que más vale es la asesoría técnica y profesional a que haya lugar de abogado y peritos expertos cuando haya lugar como mediciones, avalúos, recalculo de coeficientes, alinderamientos, etc.

Habrá lugar cuando las circunstancias lo exijan, cuando se requiera modificar la copropiedad, hacer una desafectación, corregir coeficientes, enunciar conductas infractoras y sus sanciones, etc.

Frente a derechos notariales y registrales, son actos sin cuantía y se aplica tarifa mínima.

c. Cuando se contrata honorarios de los abogados para cobro de cartera, la administración debe cancelar de una vez estos honorarios con el dinero que se recoge o se debe pagar con lo que se recoja, ¿En qué momento se deben cancelar, los honorarios? ¿Por qué generalmente se estas pagando con dineros recogidos?

R/ No confunda honorarios con costas necesarias para impulsar el proceso.



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