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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: Alcoseri  (Mensaje original) Enviado: 16/06/2022 04:54
Para hablar de cualquier asunto se requiere, primeramente, conocerlo apropiadamente, decirlo lo más claro que sea posible y, además, que los conceptos, términos o las palabras que se empleen, las definamos etimológicamente para no caer en confusiones o contradicciones. Si utilizamos un diccionario de bolsillo, académico o enciclopédico para buscar la palabra regularidad, en todos ellos encontraremos las mismas definiciones; pero para darle base a este trabajo sólo me limitaré a mencionar lo más elemental de su común significado que es: "carácter de lo que es regular. Conformidad con una regla, regularidad de vida. Observación exacta de las reglas del deber. Observación de las reglas estéticas establecidas: "la regularidad se opone con frecuencia a lo pintoresco". Un destacado e ilustre masón mexicano, Luis J. Zalce, en el año de 1937, con mucha sapiensa nos dice que: "regular, del latín regulares, y éste de regula, que significa regla, es todo lo que se ajusta o es conforme a ésta. En consecuencia un masón regular es el que cumple con todas las reglas que establece una logia formada bajo la obediencia de una Gran Logia regular y una logia que tenga igual calidad, es la que cumple con todas las prescripciones constitucionales, antes y después de ser establecida, instalada y autorizada, emanada de la Gran Logia regular que la auspicia. Y una Gran Logia sólo puede ser considerada regular, cuando se constituye y funciona conforme a los principios universalmente observados por la masonería; cuando no se aparta de las leyes fundamentales, reconocidas como la antigua costumbre que regula a las organizaciones masónicas que aceptan como origen de legislación, las ordenanzas de la Gran Logia de Londres aprobadas el día de San Juan Bautista del año de 1721, y las Constituciones Generales promulgadas y juradas el mismo día, pero del año de 1723. Todo lo contrario a estos conjuntos de reglas es lo irregular o sin regla, lo que es desordenado, arbitrario o ilegal. Por su parte el I.·. H.·. Alejandro García Bustos nos dice: regular es un término masónico que se aplica al masón, Logia, Gran Logia, Cuerpo Filosófico o Supremo Consejo, que se haya ajustado a la regla, antiguos usos y costumbres, "landmarks" y en general, a las reglas usuales conforme a las más antiguas tradiciones". "Equivale a encontrarse dentro de la ley escrita o no escrita". La regularidad, es el sistema legal de vida de un individuo o una Institución y se obtiene por el cumplimiento de la ley y se pierde por el incumplimiento de la misma; así, un masón, vive en la regularidad, si ajusta su vida masónica a las normas establecidas por la Institución a que pertenece, y cae en irregularidad si viola dichas normas. En igual forma, los Cuerpos, Logias, Grandes Logias o Supremos Consejos, son regulares en tanto ajusten sus actos a las leyes que los rigen y pierden su regularidad cuando violan dichas leyes o normas. Existen principios muy antiguos, tales como los "landmarks", que señalan las normas de derecho a que deben ajustarse los Masones, Logias y Grandes Logias, y siendo inviolables, señalan la esencia de la Institución y, por tanto, las reglas fundamentales que la rigen y cuya violación implica incurrir en irregularidad, que equivale a quedar fuera de las normas regulares por haberlas violado. Veamos algunos ejemplos: nace en irregularidad una logia simbólica o filosófica, que se constituya por sí misma en Territorio ocupado por una Gran Logia regular, y caen asimismo en irregularidad sus integrantes. Incurre también en irregularidad, el masón que es borrado del cuadro de su logia y transcurrido un tiempo prudente, no reingresa a la Institución. La asistencia sin previa autorización superior, a cuerpos irregulares, hace incurrir en irregularidad. También se cae en la irregularidad cuando no se tiene la Biblia, la escuadra y el compás. Si omitimos la circulación del saco de beneficencia, causa nulidad lo actuado en la tenida. El no usar el mandil en logia abierta, es una irregularidad. Como podemos advertir la regularidad implica un continuo respeto a la ley, a las normas esenciales para los procedimientos ritualísticos, así como hacia los antiguos usos y costumbres, y pueden perderse, con la comisión de violaciones graves de dichas normas. La masonería como Institución, se rige por reglas fundamentales, esenciales a su vida misma, y es el respeto a dichas reglas y el reconocimiento de quienes también viven bajo las mismas normas, lo que da la regularidad a los organismos masónicos. No basta vivir dentro de las reglas, se hace necesario el reconocimiento universal de que se vive dentro de dichas reglas o normas. El conjunto de Altos Cuerpos y su reconocimiento mutuo, viviendo dentro de las reglas establecidas, es lo que da la regularidad masónica. Las Grandes Logias de la República Mexicana, que se reconocen entre sí al formar parte de una confederación, se están otorgando y reconociendo mutuamente la regularidad de sus trabajos, sin perjuicio de que también existan, como las hay, Grandes Logias regulares que por cualquier circunstancia no pertenezca a dicha Confederación. En igual forma, las Grandes Logias de América Latina que integran la Confederación Masónica Interamericana (C.M.I.) se reconocen mutuamente y se otorgan la regularidad de ellas mismas, y sus trabajos siguen en lo general las normas esenciales para considerarlas regulares, tanto por su origen, como por su actuación litúrgica y fraternal. Las Grandes Logias de nuestro país, en el año 1941, en el Sexto Congreso Masónico Nacional, efectuado en el Gran Or.·. de Chihuahua, aprobaron las normas para todas las Grandes Logias, por ser esenciales para mantener la regularidad de los Altos Cuerpos. Estas normas, básicamente, son las siguientes, desde luego, sintetizados: regularidad de origen.- La creencia del Gran Arquitecto del Universo.- Admisión Exclusiva de hombres.- La Gran Logia debe ser soberana e independiente.- Las tres luces de la masonería (que en anterior párrafo he mencionado).- El Libro de la Ley Sagrada, la Escuadra y el Compás.- La Masonería no es sectaria, ni en religión ni en política, se prohibe dentro de Logia toda discusión de ese tipo.- Exclusiva jurisdicción territorial, es decir, en territorio ocupado por una Gran Logia Masónica no se vea invadido por otra.- Inviolabilidad de los antiguos límites o landmarks. Mis estimados oyentes, queridos hermanos, han estado escuchando en mi trazado términos de Antiguos Límites, "Landmarks", antiguos usos y costumbres y leyes fundamentales de la Masonería Universal, y los cuales son reconocidos por todos los cuerpos regulares y su vigencia, de la unidad mundial que hoy tiene el Rito Escocés. Para que se entienda lo más nítidamente posible machacaré e insistiré con lo mismo en el siguiente párrafo: Si se alteran estas normas de reconocimiento y estas leyes fundamentales, que es la sabiduría de nuestros antepasados, la esencia de la Institución, los sistemas de nuestros trabajos litúrgicos, todo lo realizado se vendría al traste, al suelo, se quebrantaría la hegemonía que tenemos y caeríamos irremisiblemente en la irregularidad. ¿


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