La primera ley referida específicamente al trabajo humano se origina en un proyecto, autoría del doctor Joaquín V. Gonzalez, e impulsada legislativamente por el primer diputado socialista de América, Alfredo Palacios.
Es la ley identificada con el número 4661, fue sancionada el 31 de agosto de 1905, y entró en vigencia el 16 de septiembre de ese mismo año, extendiéndose posteriormente por Ley 9104 a los que en ese entonces se denominaban territorios nacionales.
Esta primera norma que establecía el descanso dominical en la capital de la República y su extensión a todo el país, se concretó tiempo más tarde, mediante la promulgación de las correspondientes leyes provinciales, que declaraban obligatorio su cumplimiento o reproducían su texto, casi sin modificaciones. Por otra parte, el derecho a un descanso se encuentra reconocido en la Constitución Nacional, cuyo artículo14 bis, al ocuparse de la protección del trabajo en sus diversas formas, asegura a los operarios condiciones dignas y equitativas de labor, jornadas limitadas, descanso y vacaciones pagas, retribución justa, salario mínimo, vital y móvil, entre otros.