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General: Donde hay patrón, no manda marinero
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Messaggio 1 di 3 di questo argomento |
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Da: Quico º (Messaggio originale) |
Inviato: 09/01/2013 21:10 |
En
cambio, el artículo 233 establece que, "si la falta absoluta se produce
durante los últimos dos años del período constitucional, el
vicepresidente asumirá las funciones presidenciales hasta completar
dicho período".
A ver si los resabiados de la oposición
entienden de una vez que "Donde hay patrón, no manda marinero" y se
dejan de batallitas que rallan la ilegalidad y que la legalidad está garantizada
en Venezuela, sin necesidad de que “venga el 7º de caballería” a imponerla.
¡¡QUE VIVA CHÁVEZ, CARAJO!!
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Messaggio 2 di 3 di questo argomento |
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Da: Quico º |
Inviato: 09/01/2013 22:10 |
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Messaggio 3 di 3 di questo argomento |
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El mandato de Hugo Chavez y de Maduro vence el 10 de Enero, si Chavez no jura y sigue en el cargo hay un golpe de Estado y Maduro se transforma en un gobernante de facto. La constitución es muy clara y no establece otra fecha. |
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