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RINCON ESPIRITUAL: LAS INDULGENCIAS
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: FLAQUIS  (Mensaje original) Enviado: 16/09/2011 09:36
 

INDULGENCIAS

¿Qué son Indulgencias?

La remisión què la Iglesia otorga de la pena temporal debida por pecados ya perdonados.

En todo pecado cometido hay dos aspectos del mal:

1.- el pecado es una ofensa personal a DIOS;

2.- es un desequilibrio del orden de la justicia.

 

Este doble aspecto del pecado se puede ilustrar con un ejemplo muy sencillo:

 El jovencito què deliberadamente rompe la ventana de una casa, hace dos cosas con su acción: ofende a los dueños y comete una injusticia. Generalmente los dueños reconocerán este doble daño, perdonando al jovencito si se arrepiente; con todo le pedirán què repare en alguna forma el daño, por ejemplo, pagando la compostura de la ventana.

La actitud de DIOS hacia el pecador es similar. ÉL perdonarà cualquier pecado, si el pecador está verdadera y sinceramente arrepentido; pero le pedirá què repare la injusticia hecha contra el Orden Divino.

 El desorden causado por el pecado en el Orden Divino puede ser reparado de varias maneras:

Por el Sacramento de la Penitencia; por el dolor o por el sufrimiento aceptado con espíritu de reparación, o con obras buenas ofrecidas a DIOS por los pecados cometidos. Los pecados por los cuales no se ha hecho reparación en esta vida, tendrán què ser reparados en el Purgatorio, después de la muerte. La pena en pago de los pecados ya perdonados, se llama “Pena Temporal”, porque dura sólo algún tiempo; no es eterna.

 

Una indulgencia remite parcial o totalmente la pena temporal debida por pecados ya perdonados, pero no perdona los pecados. Tampoco es la indulgencia como un permiso para cometer pecados ni un perdón por pecados futuros; no es tampoco una garantía contra futuras tentaciones.

 

Al conceder una indulgencia a un católico viviente, la Iglesia le aplica los mèritos de Cristo, de Marìa y de los Santos, para perdonar parte o toda la pena temporal debida por el pecado. Què la Iglesia puede absolver a los fieles del castigo temporal debido al pecado, lo demuestran las palabras de Cristo a los apóstoles: “Lo què desatareis sobre la tierra, será desatado en el cielo (Mateo 18:18)

 

Al conceder una indulgencia a las almas del purgatorio, la Iglesia no puede absolverlas de la pena temporal debida por sus pecados del mismo modo què a los vivos. Una indulgencia otorgada a las almas del purgatorio es una petición hecha a DIOS por medio de la Iglesia, para rogarle què aplique los mèritos de Cristo, de Marìa y de los santos a las almas de los difuntos en general, a un alma en particular.

 

Podemos ganar indulgencias para nosotros mismos y para las almas del purgatorio (puesto què la Iglesia hace què casi todas las indulgencias puedan serles aplicadas) pero no para otras personas vivas.

 

La Iglesia concede indulgencias de acuerdo con la norma de las antiguas penitencias canònicas. Así una oración a la què se le han concedido 300 días, no disminuye la demora del alma en el purgatorio por el mismo plazo, como a veces se cree, sino què concede la cantidad de remisión de pena temporal què se hubiera ganado por 300 días de dura penitencia canònica, como la practicada en los antiguos tiempos.

 

En general las condiciones para ganar indulgencias son las siguientes:

1.- La persona debe estar bautizada

2.- debe estar en estado de gracia;

3.- debe tener a lo menos la intención general de ganar la indulgencia;

4.- las condiciones què pone la Iglesia para ganar indulgencias deben cumplirse, en lo què se refiere al tiempo, al lugar y a la forma. Las oraciones prescritas para ganar indulgencias (por ejemplo el Padre Nuestro, las Aves Marìas, etc.) deben recitarse vocalmente y no sólo mentalmente.

 

Cuando una de las condiciones para ganar una indulgencia en una oración en general por las intenciones del Santo Padre, entonces es suficiente el rezo de un Padre Nuestro, Ave Marìa y Gloria; con todo puede rezarse otras distintas oraciones para llenar esta condición, si los fieles asì lo desean.

 

En cambio si una de las condiciones para ganar indulgencia plenaria “Totìes quoties” es la de visitar una iglesia y se prescriben al mismo tiempo oraciones por la intención del Santo Padre, en tal caso es necesario y suficiente rezar seis veces el Padre Nuestro, Ave Marìa y Gloria.

 

Con frecuencia las condiciones para ganar una indulgencia se designan con alguna Jaculatoria y con las condiciones acostumbradas. Estas son cuatro:

Confesión, Comunión, visita a una iglesia, oraciones por las intenciones del Santo Padre.

La Confesión requerida debe hacerse dentro de los ocho días anteriores al tiempo señalado para ganar indulgencia, o durante los ocho días siguientes. La comunión debe hacerse el mismo día o dentro de los ocho días siguientes.

 

 El 11 de marzo de 1939, el Papa Pìo XII, por conducto de la Sagrada Penitencia, publicò una lista de las indulgencias apostólicas para su Pontificado. De las enumeradas, las más importantes son las concedidas para la hora de la muerte.  El què ha confesado y recibido la Sagrada Comunión, o què por lo menos tenga contrición (dolor de haber pecado, arrepentimiento), de sus pecados, puede ganar la indulgencia plenaria a la hora de la muerte, invocando el Santo Nombre de JESÚS con los labios, si puede, o por lo menos en su corazón y aceptando la muerte como venida de la Mano de DIOS, en expiación del pecado.

 

INDULGENCIAS POR LEER LA BIBLIA

Fueron concedidas por Leòn XIII a los lectores de la Sagrada Escritura. A los fieles què con la veneración y respeto debidos a la Divina Palabra, practican la lectura por lo menos un cuarto de hora, se les concede una indulgencia de tres años. A los què leen algunos versículos de los Evangelios y recitan una de las oraciones prescritas, se les concede una indulgencia de 500 días; y si siguen esa piadosa práctica por un mes, se les otorga una indulgencia plenaria con las condiciones acostumbradas.

 

Extraìdo del diccionario católico de la Sagrada Biblia Guadalupana

 


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