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Animales: Justicia argentina reconoció a una orangutana el “derecho a ser libre”
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: kuki  (Mensaje original) Enviado: 07/01/2015 00:15
Justicia argentina reconoció a una orangutana el “derecho a ser libre”
Se trata del caso de “Sandra”, que se encuentra en cautiverio hace más de 20 años en un zoo de la ciudad de Buenos Aires y a la cual se la reconoció como “persona no humana”
 
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BUENOS AIRES - En la jornada de hoy se conoció un inédito fallo del 18 de diciembre dictado por la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, el cual reconoce un hábeas corpus solicitado en noviembre a favor de la orangutana “Sandra” de 28 años, encerrada desde su nacimiento.

La medida de protección fue interpuesta por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA) bajo el patrocinio letrado del Dr. Andrés Gil Domínguez, en la cual cuestionan la falta de un hábitat adecuado para la orangutana Sandra y promueve su traslado a una reserva adecuada para tal fin, publicó el Centro de Información Judicial este 22 de diciembre.

En el recurso judicial pedido en noviembre, se cuestionó la “injusta e ilegal privación de libertad de la primate”, solicitando el reconocimiento de la misma como “persona no humana” a la que se le debían garantizar la protección de, al menos, tres de sus “derechos básicos fundamentales” como lo son la vida, la libertad y el derecho a no ser torturada ni maltratada física ni psicológicamente, señaló Infojus el 21 de diciembre.

Los votos favorables, emitidos por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, determinaron que sin perjuicio de sostener al respecto que “a partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, menester es reconocerle al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos (animales) son titulares de derechos, por lo que se impone su protección en el ámbito competencial correspondiente”.

El caso sienta precedente judicial para exigir el derecho a la libertad para otros animales, como el chimpancé Toti de 13 años que fue trasladado de un zoo de Córdoba a otro de Río Negro. Un año después del traslado, la vida del chimpancé peligraba, por lo que se presentaron dos hábeas corpus que aún esperan ser resueltos, según datos de Infojus Noticias del 21 de diciembre.

Se conoce como “persona no humana” a la figura jurídica que se concede a ciertas especies de animales -como los delfines y los grandes simios- que demuestran elevadas capacidades cognitivas y notable inteligencia. Asimismo, la jurisprudencia internacional de la “persona no humana” rige en países como España y Brasil.

Según declaró al medio el presidente de AFADA, “este fallo abre un camino soñado y esperado no sólo para los grandes simios de la Argentina - chimpancés, orangutanes, gorilas y bonobos-, sino también para el resto de aquellos seres sintientes que se están injusta y arbitrariamente privados de libertad en zoológicos, circos, parques acuáticos, centros de experimentación y otros lugares de explotación animal”.

"Sandra", que en febrero próximo cumplirá 29 años, vivió toda su vida en cautiverio, según cuenta el jefe de Biología del zoo porteño, Adrián Sestelo. "Nació en 1986 en el zoo alemán de Rostock y llegó al Zoo en septiembre de 1994. Tuvo como compañero a otro primate de su especie y en 1999 tuvo una cría, Shembira, que fue derivada a otra institución", según informó La Nación este 22 de diciembre.

Este medio también consultó al constitucionalista Daniel Sabsay, quien lamentó la ausencia de una fundamentación jurídica más exhaustiva en el fallo de Casación. "La argumentación es muy vaga y se funda en una obra que no es específica de estas cuestiones, omitiendo la doctrina fundada. Pero tiene un gran valor, puesto que reconoce la calidad de personas no humanas a este tipo de animales con altas capacidades cognitivas y afectivas", expresó al medio argentino. Y dijo también que esta sentencia "agota el estamento de la justicia ordinaria y sólo podrá ser recurrido por un motivo de constitucionalidad ante la Corte Suprema.

En este caso, al tratarse de una jurisprudencia novedosa, se está sentando un precedente que marcará el rumbo para otros casos: en los hechos, implica el fin de su tratamiento como cosa y pasan a ser una personas no humanas. En casos así, la propiedad privada cede frente al derecho básico a la vida, la libertad y a no ser maltratados ni física ni psicológicamente", explicó el abogado.

La Gran Época



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