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COLOMBIA: Los pagos de expensas deben hacerse por ley y reglamento por coeficientes
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Resposta  Missatge 1 de 2 del tema 
De: Ruben1919  (Missatge original) Enviat: 12/11/2018 21:53

En las 2 últimas asambleas se ha tratado de implementar los pagos por coeficientes y no ha sido aprobado por la asamblea. ¿Cómo se debe implementar?

R/ No es que se trate de intentarlo, es que debe hacerse de acuerdo al coeficiente y en la forma como lo disponga el reglamento de propiedad horizontal cuando existen módulos de contribución u otras tablas.

No hacerlo como lo dispone la ley y el reglamento es exponerse a que los morosos excepciones en eventuales procesos judiciales de cobranza o y/o personas inconformes procedan a aplicar la ley y pagar de acuerdo a sus coeficientes.

Del mismo modo se crea una responsabilidad para los administradores (administrador, consejo y asamblea) omitir lo dispuesto legalmente.



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Resposta  Missatge 2 de 2 del tema 
De: Ruben1919 Enviat: 12/11/2018 22:03

51. El consejo de administración estableció una multa para los propietarios que parqueen en lugar no autorizado. Un copropietario entablo una tutela y el juez le dio la razón porque la sanción no había sido establecida y aprobada por la Asamblea General.

¿Esta tutela obliga a retirar contablemente la multa fijada a otros 20 copropietarios por esta misma razón? ¿O solo aplica para quien en tuteló?

R/ La tutela solo obliga a accionante y accionado; No obstante, el Consejo se ha excedido, corresponde a la asamblea establecer las multas y llevarlas al reglamento de propiedad horizontal por mandato legal del art. 60 de la ley 675 de 2001, y aplicarlas siempre y cuando como se dijo esté prevista la conducta infractora, su sanción y el término de la misma.

Opino que los demás propietarios tienen igual derecho a desconocer la multa si no está contemplada la conducta infractora previamente en el reglamento de propiedad horizontal

52. En nuestro edificio todos pagamos cuota de administración sin tener en cuenta los coeficientes. Llevamos 2 asambleas tratando de implementarlos, pero por manipulación de 3 copropietarios no se ha podido hacer.

Por favor ¿cómo se hace para que la asamblea acepte este sistema por coeficiente?

R/ Es obligación legal de los órganos de administración liquidar las cuotas de acuerdo a la ley y el reglamento, y se dispone por mandato legal que mediante los coeficientes se aplica la proporción que debe pagar cada unidad privada por administración.



 
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