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COLOMBIA: PAGO DE LA POLIZA DE SEGURO ....NO POR CUOTA EXTRAORDINARIA
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: Ruben1919  (Mensaje original) Enviado: 12/11/2018 22:07

¿Cómo obligar el pago de las cuotas extraordinarias para adquirir la póliza de bienes comunes, cuando los morosos no quieren pagar y si tienen el derecho a la cobertura en caso de un siniestro, si no han pagado?

R/ No hay otra forma que mediante el cobro judicial.

Ahora tenga en cuenta que el pago de la póliza llamada de seguro obligatorio de bienes comunes, lo técnico no es acudir a las cuotas extraordinarias, este es un gasto previsible y por ello incluirse en el presupuesto normal.

Las cuotas extraordinarias fueron creadas en la ley para gastos imprevistos y previamente debe agotarse el fondo de imprevistos.

54. Los administradores ¿cómo representantes legales de los edificios deben integrarse a la Junta de Acción Comunal del barrio? ¿Sí o no y por qué?



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