Por: Dr. Eloy A. González.
Hace pocos días recibí un correo electrónico en el cual se solicitaba una acción colectiva y de solidaridad para denunciar en la próxima Asamblea Anual de la Comisión de Derechos Humanos de la Naciones Unidas en Ginebra; la violación del Derecho a emigrar, -establecido en el articulo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos -, por parte del Gobierno de Cuba al aplicar la así llamada: Resolución 54 del Ministerio de Salud Pública en ese país.
La Resolución 54 impuesta por el Ministerio de Salud Pública(MINSAP) a mediados del año 1999, constituye la más eficaz acción punitiva del régimen, para legitimar el rapto legal de un número significativo de médicos y profesionales de la Salud de Cuba; que aspiraban en aquel momento a emigrar legalmente por motivos muy diversos y a países también diversos. Esto no era nada nuevo, en la década de 60’s y 70’s el régimen empleó los mismos procedimientos sin escribir Resolución o Ley alguna.
En la década de 90’s, cuyo comienzo estuvo marcado por el Período Especial, se produjo un Éxodo de profesionales quienes teniendo una carta de invitación de algún amigo o familiar en el extranjero y contando con los medios económicos para hacerlo; viajaban con distintos destinos para no regresar, cuando se les terminaba el tiempo que reglamentaba el permiso de salida. Existía la clara percepción de que el régimen aceptaba esta realidad e incluso la alentaba.
Siempre dentro de la permanente retórica del régimen Castro- comunista, están las consideraciones de que: “los países capitalistas desarrollados, - a sabiendas -, promueven el “robo de cerebros” y no hay por que aceptar que se beneficien de la inmigración de profesionales calificados cuya preparación la pagó el Estado de Obreros y campesinos”.
En realidad los médicos cubanos, - como cualquier otro profesional -, salen de Cuba para donde sea y a como de lugar con tal de vivir en Libertad para dejar atrás una sociedad disfuncional y perversa.
He conocido médicos cubanos que viven y trabajan en remotos y empobrecidos lugares de África y Sudamérica, y no precisamente como “internacionalistas”. En estos casos el “robo de cerebros’ se producen en el contexto Sur-Sur, lo cual es ventajoso.
La promulgación, - en secreto -, de la Resolución 54 se produce en un momento en que se habían establecido los mecanismos que permitían la salida de los profesionales de la Salud, siempre y cuando contaran éstos con la aprobación del MINSAP en la persona del propio Ministro del ramo, lo que aún se conoce como: “la liberación del Ministro”. Además las personas en trámites para emigrar deben tener la “Tarjeta blanca” expedida por parte del Ministerio del Interior (MININT); siendo ésta última la aprobación definitiva por medio de la cual el régimen le permite, a cualquier ciudadano cubano, salir de la Isla-cárcel.
Cuando aparece y se aplica de inmediato con efecto retroactivo la Resolución 54, había cientos de profesionales de la Salud esperando por la “liberación del Ministro” y no aceptaban la idea de que una “Ley” se les aplicara después que sus gestiones de salida habían progresado, incluyendo la Visa del país que los recibiría.
Esto trajo consigo que se creara una Oficina en la Dirección Provincial de Salud en La Habana, para atender a tantos médicos que reclamaban su pronta autorización de salida, mientras conocían de una secreta Ley o Resolución Ministerial que los podía enviar a trabajar 5 años donde el Sistema Nacional de Salud lo creyera de utilidad. Esta Oficina era atendida por personal mitad agentes mitad funcionarios de Salud.
Allí fui en tres ocasiones, sobre todo para conocer de primera mano este injusto proceder de las autoridades que amenazaban a cientos de médicos pendientes del permiso de salida, con un periodo de 5 años de “trabajos forzados’ antes de permitirles salir de Cuba. Durante mi tercera visita allí, un funcionario envarado me hizo pasar a su Oficina y me dijo: “que no tenía que ir allí, que mi situación se atendería y recibiría la respuesta, sólo tienes que llamar”, me dio el número de su teléfono y me despidió cortésmente. Buen argumento para alejarme de allí y así lo entendí.
Y es así que se hace una “Ley” o “Resolución”; que no se puede leer, no la conocen ni los Abogados u otros funcionarios. Se mantiene a escondidas y sólo se lee en los Consejos de Direcciones Provinciales de Salud. Llegué a saber que se guardaba bajo llave y sólo había un original, éste se leía a los Directores de las instituciones más importantes de Salud para que se trasmitiera su contenido de forma verbal a los interesados. Cuando algún médico pedía una copia, se les decía que estaba prohibido darla a conocer por escrito.
Y es que esta Ley o Resolución mantenida en secreto y aplicada en “público’, es decir con conocimiento de todos los implicados era, y aún es, una burda y grosera violación del Derecho. Quienes la hicieron lo sabían, quien la aplicaba también.
La puesta en práctica de la Resolución 54-99 generó múltiples y muy variadas reacciones. Aunque no sabemos el número de médicos en trámites para salir del país cuando fue autenticada la Resolución en julio de 1999. Considero que el número de médicos en Cuba por aquel entonces era de 66,505, para un índice de 168,2 por habitantes. Una fuente no verificable por aquellos días de mediados de 1999, - que trabajaba como funcionario en una Dirección Provincial del MINSAP -, me aseguró que estaban en esta situación, unos 3,800 profesionales de la Salud.
Lo cierto es que esta Resolución 54-99 con estructura de Ley tan rígida como arbitraria, tenía como signo distintivo el más absoluto secretismo. Muchos interesados buscaban el texto de la “Ley de los médicos que quieren irse’, es decir de la Resolución 54, pero el texto era guardado por las autoridades del MINSAP para mantener de su lado el control y sembrar las dudas y el desconcierto del otro lado, esto es, de los médicos interesados en emigrar.
El problema se reducía a tener el texto de la Resolución 54. Por aquellos días los periodistas independientes sabían que sin el texto nada podían opinar sobre tan injustas medidas. Muchas veces cuando me pedían mi opinión les decía tanto a médicos, como a periodistas independientes ó público en general: “¿Y donde esta el texto?”.
Un día de finales de septiembre de 1999 se me acercó quien por aquellos tiempos era un hábil periodista independiente. ¿Té interesa el texto de la Resolución?, me preguntó. Seguro, le dije. Bueno, - agregó -, está en esta dirección, y me alcanzó en un papel una dirección en la barriada del Vedado.
Allí me fui bien temprano al día siguiente para evitar cualquier control. Al llegar a la dirección subí al 2do Piso de un Edificio típico del Vedado construido en la década de los 50’s. Me recibió una joven y bella Mamá que se apresuraba en ordenar su modesto apartamento. Atendía a un periodista independiente que allí se encontraba, y cuidaba de dos niños pequeños. Minutos después llegó Raúl Rivero, quién tomo asiento sin intercambiar saludo alguno y en silencio fumó un cigarrillo.
Me dirigí a la joven: -“Ud sabe por qué estoy aquí”. - Si, me contestó, para entregarme casi de inmediato una hoja de papel gaceta con el texto escrito a maquina de la Resolución 54. Una Secretaria, – debo de suponer de alguna dependencia del MINSAP –, la había copiado rápidamente y la había entregado para su conocimiento público.
Aquel texto lo re-escribí sin cambiar nada pero modificando el estilo mecanográfico, y ya en la tarde tenia media docena de copias. Una de esas la entregué a una joven amiga quien la fotocopió hasta hacer unas 20 copias más en una dependencia del Ministerio de Cultura. Al día siguiente, y a pesar de que se me había pedido discreción con este texto, estaba haciendo circular unas 26 copias. Nada, sólo se enterarían dos personas “los negros y los blancos’.
Una semana después me pidieron participar en un programa radial sobre la Resolución 54, y con los textos de ésta y otros documentos, intervine en octubre del 1999 en un programa de Radio Martí donde compartí con otros dos panelistas. En aquel programa, – y considerando que ya se aplicaba de forma inflexible la Ley-Resolución 54 –, expresé lo siguiente: “al utilizar la Resolución 54 como método que atenta contra el Derecho, las autoridades del MINSAP en Cuba están empujando a los médicos a las balsas; ahora los profesionales de la Salud que deseen emigrar se convertirán todos sin excepción en candidatos a balseros”.
Las reacciones no se hicieron esperar; algunos médicos comenzaron a visitarme y otros solicitaban su incorporación al Colegio Médico Independiente. Mi casa se convirtió en el punto de encuentro de muchos médicos molestos por las nuevas medidas. Sin que fuera mi intención, todo aquello de forma indirecta le “serruchaba el piso” al recién estrenado Presidente del Colegios Médico Independiente, que había sido instalado en ese cargo con la complicidad del Departamento de la Seguridad del Estado (DSE), - y también -, gracias a la desidia y al colaboracionismo de algunos “disidentes”. Y esto lo conocía muy bien.
En otro orden de cosas, el Ministerio del Interior me informó en las Oficinas de Inmigración que: “por orden el Mando Superior, no podía salir del país”. Mi esposa si podía hacerlo. Esto les generó un conflicto de intereses. Por un lado al negarme la salida del país se enfrentaban a la realidad de un liderazgo espontáneo en el Colegio Médico, - algo que no esperaban -, y que minaba el trabajo del DSE durante los últimos 3 años para poner allí al médico –agente como Presidente. Tres semanas después me enviaron por correo ordinario el permiso de salida o tarjeta blanca.
En su momento la Resolución 54 originó cartas de protesta, ayunos cívicos y hasta la incorporación de algunos médicos a la disidencia. A veces de modo público y otras discretamente.
Un ejemplo de una de las manifestaciones de protestas fue ésta: “El gobierno cubano y el Ministerio de Salud Pública cubano continúan aplicando de forma arbitraria con rigor y sin respaldo de la ley, la política que por Resolución 54-99 fue dictada y se implementa sobre los trabajadores del sector de la salud para poder viajar al exterior”. Esta protesta estaba firmada entre otros por: el Dr. Pedro Arturo Veliz y la Sra. Odilia Collazo. Sobran los comentarios.
Las argumentaciones jurídicas de la reubicación y retención de los médicos son, y sigue siendo la Resolución 54. De forma adicional; existen orientaciones internas de fecha 12-04 cuyos textos no conocemos.
Sabemos que esta Resolución injusta y violatoria del Derecho, sigue generando reacciones de condenas. Es por eso que pretendemos concluir este artículo que en si mismo no agota el tema, y así lo haremos, citando el Comunicado del Centro de Salud y Derechos Humanos “Juan Bruno Zayas” en Ciudad de la Habana, dado a conocer el 8 de marzo del año en curso. En dicho Comunicado se expresa:
“El gobierno cubano obliga a miles de profesionales de la salud a permanecer en el territorio nacional en condición de REHENES, en franca violación de lo consignado por el Artículo 13-2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la cual Cuba es signataria, así como el Artículo 35 de la propia Constitución de la República de Cuba, vigente desde 1976”.
“Estas personas, que en su mayoría poseen visas con autorización para entrar a otros países, son despojados del derecho a viajar libremente por medio de la Resolución 54 de 1999 del Ministerio de Salud. Prohibición que se extiende por un tiempo no menor a los 5 años a partir de la solicitud de salida”.
“El Centro hace un llamado a las Organizaciones de Derechos Humanos en particular, y a la Comunidad Democrática Internacional en general, para que les exijan a las autoridades cubanas el cese de tales restricciones, y que se reconozcan y respeten los derechos y libertades fundamentales de las personas”.