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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: 2158Fenice  (Mensaje original) Enviado: 30/11/2009 21:38
El "Permiso de Estadía en el territorio italiano".
 
Puedes quedarte en Italia sólo si:

1- Tienes un pasaporte o un documento equivalente;

2- Tienes un visado de entrada;

3- Has entrado regularmente a través uno de los pasos de fronteras instituídos expresamente;

4- Tienes un permiso de permanencia o el carnet de permanencia (estos dos documentos comprueban que la permanencia en Italia está en regla) expedidos por las autoridades italianas correspondientes, o sea un permiso de permanencia o un título equivalente expedido por la autoridad correspondiente un Estado de la Unión Europea.

IMPORTANTE: en general, sea a tu ingreso en Italia que en tu permanenecia, tienes siempre que poder demostrar, con los documentos en regla, tres cosas:

1) Cuáles son los objetivos y las condiciones de la permanencia;

2) Cuáles son tus medios de subsistencia;

3) Que tales medios sean suficientes para la duración de tu permanencia y para el regreso en tu País.

Por estas razones es importante que lleves siempre contigo el pasaporte y el permiso de permanencia o el carnet de permanencia, con el fin de mostrarlo cada vez que te lo pida la policía u otras autoridades públicas.



MUY IMPORTANTE, si tienes el permiso de permanencia y vives normalmente en Italia puedes obtener la inscripción en el registro de la población y consecuentemente hacerte expedir el carnet de identidad válido durante el mismo tiempo que el permiso de permanencia, como así también el documento fiscal (CODICE FISCALE).

EL TURISTA NO SE PUEDE QUEDAR MÁS DE 3 meses renovables a 6 meses en las QUESTURAS

Los diferentes tipos de permiso de permanencia

El permiso de permanencia puede ser pedido por los siguientes motivos:
 
turismo, curas médicas, reencuentro familiar, trabajo permanente, trabajo temporal, trabajo artístico, trabajo como autónomo, refugiados políticos, negocios, misiones, estudio, religión o culto, protección social.

Nota: Cada uno de estos motivos tiene documentación diferente o sea si entras como turista y te quieres quedar para siempre tienes que : Encontrar trabajo y pedir el " Permesso di Soggiorno" demostrando 1) Quién es que te da trabajo,
2) La habitación momentanea o permanente.

MUY IMPORTANTE :
(CODICE FISCALE).

El Documento Fiscal es un documento alfanumérico, es decir, compuesto de letras y números, con el cual el Ministerio de Hacienda te identifica. Después de haber obtenido el "permiso de permanencia", tienes que presentarte en el Ministerio de Hacienda – Departamento de las entradas (oficina de los impuestos directos), o en sus oficinas periféricas, y pedir que te den tu Do
cumento Fiscal.

Con el Documento Fiscal puedes:

- inscribirte al Servicio Sanitario Nacional;

- ser asumido como trabajador dependiente;

- iniciar una actividad laboral autónoma;

- firmar cualquier contrato (por ejemplo: de alquiler, de venta, etc.);

- abrir una cuenta corriente bancario;

- y tantas otras operaciones.

Qué tienes que hacer para obtener por primera vez el permiso de permanencia:

1. Tienes que hacer la petición en la Jefatura de Policía de la localidad en que te encuentras dentro de los ocho días laborales de haber entrado en Italia; 2. Tienes que presentar junto con la petición los siguientes documentos: a) La fotocopia de todas las páginas del pasaporte y el original del pasaporte; b) Tres fotos tuyas tamaño carnet; c) Un sello de ??? EUROS que correspondan a las viejas 20.000 Liras; d) Un documento que demuestre donde vives; 3. Tienes que guardar el recibo de la presentación de la petición.


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