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Documentos/Leyes en Italia: Europa / Inmigraión (2)
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: 2158Fenice  (Mensaje original) Enviado: 07/02/2011 13:18
Nuevas leyes de inmigración en Italia

La ley denominada “DLL sicurezza” -que está dando mucho de que hablar en Italia- fue aprobada en la camara de diputados el jueves 14 de Mayo 2009. Ahora debe pasar por la camara del Senado y si la aprueban se volverá ley.

Entre los aspectos tratados por esta (polémica) ley están:

-Introduce el reato de clandestinidad. Todas las personas clandestinas en Italia serán multadas de 5 a 10 mil euros + la expulsión (obviamente a los que la policía descubra).

-Aumenta el tiempo para pedir la nacionalidad italiana por matrimonio, de los actuales 6 meses a 2 años de matrimonios. Mitad del tiempo si hay hijos.

-Aumenta a dos años el tiempo máximo de permanencia en los centros para inmigrantes. Actualmente son 6 meses, y la prolongación será establecida por un juez de paz local.

-Prevee tres años de cárcel y la perdida del inmueble a quien alquile la casa a inmigrantes clandestinos.

-Obliga a quien desee casarse en Italia a tener el permiso de residencia, por lo que los clandestinos no podrán casarse.

-Prevee un “contributo” de 200 euros para pedir la nacionalidad italiana.

-La inscripción al registro civil (para la residencia) será posible sólo después de demostrar que se vive en una casa idónea (con contrato legal).

-Obliga a los “Money Transfer” a fotocopiar el permiso de residencia de todos los que envían dinero y a denunciar a la policía a los clandestinos. Si no los denuncian perderán la licencia.

-Obliga a los extranjeros con permiso de residencia a un “acuerdo de integración”, que prevee un sistema a puntos, si el extranjero pierde todos los puntos

(como la licencia de conducir europea) perderá el permiso y será expulsado.

-Exige un “contributo” para pedir el renuevo o el primer permiso, dicho contributo va desde 80 euros a 200 euros.

************

Desde hace algún tiempito, a todos los latinos que se dirigen hacia la comunidad europea, así sea por motivo de turismo, les piden una CARTA DE INVITACIÓN.
Este es un tema que no está bien claro, pues pocos saben cómo debe ser esta carta, ni mucho menos el valor jurídico que tiene.

Es importante saber que la carta de invitación no es suficiente para asegurar la entrada al país, sino que  puede solo representar un elemento de evaluación adicional al momento de la acreditación de la visa turística.

Para venir a Italia basta que tal carta de invitación sea una AUTOCERTIFICACIÓN o sea, una declaración personal que aunque no tenga ni firma ni sello de algún ente gubernamental, contiene valor legal bajo la ley D.P.R. del 28 diciembre 2000 n° 445. No es necesario hacer acto en ninguna notaría ni ayuntamiento.

Lo más importante que especificar en tal carta es la atribución de sostener cualquier gasto económico de asistencia sanitaria en caso de emergencia.

Aquí les muestro un modelo sencillo como Carta de invitación en Italiano y español (recomiendo llenarlos ambos en caso de que para venir a Italia se haga escala en España).

No olvidéis de adjuntar fotocopia del documento de identidad de la persona que invita.

Requisitos para entrar a Italia como Turista

Según el texto único de ley, y el decreto ministerial italiano del 12 de Julio del 2000, Un ciudadano no perteneciente a la comunidad europea que desee venir a Italia por motivos de turismo  necesitará lo siguiente:

- Un pasaporte válido.
- Una Visa emitida por el consulado italiano en el país de origen (sólo para los países que lo necesiten)
- No aparecer en las listas de “no admisión” de la comunidad Europea
- Demostrar tener medios financieros suficientes para sostenerse durante la estadía.
- Demostrar que se tiene donde dormir.
- Una póliza sanitaria.
- Un billete de ida y vuelta.

DISPONIBILIDAD DE MEDIOS FINANCIEROS

El extranjero que quiera entrar a Italia por motivos de turismo debe demostrar que tiene los medios financieros suficientes para subsistir durante su permanencia en el país. Esto puede ser demostrado exhibiendo a la policía de frontera dinero en efectivo, pólizas de garantía bancaria (fideicomiso), travel cheques, títulos de fuentes de entrada de dinero, pólizas de fideicomiso o a través de tarjetas de crédito.
La cifra que debe ser garantizada cambia según el tiempo que se va a pasar en Italia:

- de 1 a 5 días: cantidad única a demostrar 269,00€
- de 6 a 10 días: 44,94€ por cada día que se pase. por ejemplo: 7 días: 7 x 44,94 = 314,58€
- de 11 a 20 días: cuota fija de 51,64€ más 36,67€ por cada día en Italia. Por ejemplo: 15 días: son 15 x 36,67 = 550.05 + 51,65 = 601.70€
- entre 20 y 90 días: cuota fija de 206,58€ más 27,89€ por cada día de permanencia. Ejemplo: 30 días: 30 x 27,89 = 836,70 + 206,58 = 1043,28

Estos datos son válidos en el año 2010 pero pueden variar año a año. Les conviene ver los datos actualizados a través de este link de la página de la policía Italiana.

DEMOSTRACIÓN DE DÓNDE DORMIR

Al momento de llegada a Italia, el ciudadano extranjero debe demostrar a las autoridades que ya se sabe donde se alojará. Para tal, basta mostrar las reservaciones de hotel, o en su defecto una “Carta de Invitación” de parte de un ciudadano Italiano o extranjero que se encuentre residenciado en Italia. Tal persona residente en la bota debe llenar un formulario, firmarlo y enviarlo en original a la persona que va a viajar con una fotocopia del documento de identidad italiano. No es necesario llevarlo a la notaría ni legalizarlo. Para saber más sobre esta carta de invitación, o para imprimir el formulario, te invitamos a leer nuestro articulo: “Carta de Invitación para turistas latinoamericanos”

Control de Pasaportes y demás requisitos al Llegar

LISTAS DE NO ADMISIÓN DE LA U.E.

Son listas de personas que tienen prohibido entrar en territorio Europeo. Generalmente porque son buscados judicialmente, o por haber sido expulsado anteriormente de un país de la UE.

QUE HACER DESPUES, ESTANDO EN ITALIA

Si llegas a Italia directamente desde un país “NO SCHENGEN” basta mostrar los requisitos anteriormente descritos a las autoridades de frontera y ellos sellarán la entrada al país en el pasaporte. Tal sello basta para demostrar que se ha declarado su presencia en Italia a norma de ley.

Si en cambio eres ciudadano extra unión europea y llegas a Italia desde otro país perteneciente al tratado de Schengen, como no te sellarán el pasaporte al entrar a Italia, debes declarar tu presencia a las autoridades Italianas.
Tal declaración se hace automáticamente si te hospedas en hoteles, bed and breakfast, campamentos o cualquier otra estructura que efectúan un registro de sus visitantes pues ellos mismos comunican a la jefatura policial. Tal comunicación vale como declaración de llegada a Italia.
Los únicos ciudadanos extranjeros que deben dirigirse a la jefatura (“Questura” en Italiano) son los que llegan a Italia pasando por países Schengen y que se hospedan en casa de amigos o familiares. Tales personas deben acudir a la “Questura” de la ciudad dentro de los 8 primeros días de llegada a Italia y llenar un formulario con datos personales, numero del pasaporte, tiempo de duración de la estadía y motivo del viaje. Una copia de tal documento quedará en la jefatura, la otra debe cargarla con usted durante toda su estadía en Italia.

PAÍSES QUE NO NECESITAN PEDIR VISA:

Los siguientes países son los únicos que NO NECESITAN dirigirse a un consulado o embajada Italiana para pedir una visa para visitar Italia. Tenga en cuenta que esta excepción es sólo cuando la visita es por motivos turísticos y que la duración de la estadía no exceda los 90 días. Si son más días, se necesita una visa.
Tales países excentes de visado para turismo son:

Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Bahamas, Barbados, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Corea del Sur, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, Israel, Japón, Macedonia*, Malasia, Mauricio, México, Mónaco, Montenegro*, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Serbia*, Seychelles, Singapur, Uruguay, Vaticano y Venezuela.

A los ciudadanos de los países asteriscados (*) es obligatorio entrar con un pasaporte biométrico.

PARA LOS QUE NO SEPAN QUE ES EL TRATADO DE SCHENGEN

El Tratado de Schengen es un acuerdo que firmaron algunos países europeos con el principal objetivo de terminar con los controles fronterizos entre tales países. Por consiguiente, si llegas de un país no perteneciente al “Acuerdo schengen” a uno de ellos, te será efectuado el control con su respectivo sello en el pasaporte. Pero si luego debes trasladarse de un país schengen a otro, no te controlarán.

 



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