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No solo Tango...: Malvinas geográficamente argentinas / larga historia / cuarta parte
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Respuesta  Mensaje 1 de 2 en el tema 
De: 2158Fenice  (Mensaje original) Enviado: 18/08/2021 06:24

La derrota española en la Batalla de las Dunas (1639) inició el declive de su supremacía naval, 
lo cual repercutiría negativamente en el afianzamiento de sus dominios ultramarinos.
Antes de la Batalla de las Dunas, pintura de Reinier Nooms, ca. 1639.


Asentamiento británico en Port Egmont


La corona británica, consciente de que las islas abrían parte del océano Pacífico a sus intereses comerciales, organizó una expedición que fue preparada en secreto para evitar los reclamos españoles. Según consta en los mismos documentos ingleses, en el Reino Unido se informó que la expedición se dirigía a las Indias Orientales, aunque esto se trataba de una ficción (a blind). El verdadero destino fue revelado a los tripulantes recién el 22 de octubre, antes de abandonar Río de Janeiro.​ A su mando, el comodoro John Byron arribó a las islas en enero de 1765 —un año después del desembarco francés— y estableció una base temporaria a la que nombró como Port Egmont en homenaje al Lord del Almirantazgo conde de Egmont, ubicada en el paraje previamente bautizado por Bougainville como Poil de la Croisade y llamado por los españoles Puerto de la Cruzada, sobre la isla conocida por estos como Trinidad (la principal de las Sebaldinas), que fue renombrada como isla Jason en honor al nombre del barco de Byron.​ Este reclamó las tierras para la corona británica, aunque no registró la fecha del hecho:​Cuando Lord George Anson regresó a Inglaterra después de su expedición de piratería alrededor del mundo en 1744 propuso establecer una base en las Malvinas. En 1745 el embajador español en Londres tomó conocimiento de que se estaba preparando una expedición para ocupar las islas, efectuándose una protesta diplomática. El gobierno británico respondió que sus navegantes las habían descubierto y que las visitaron en el siglo XVI. España respondió que las islas eran adyacentes al continente americano y que también sus navegantes las visitaron en el mismo siglo, por lo que la expedición fue paralizada.

Tomo posesión de este puerto y de las islas adyacentes en nombre de su Majestad el Rey Jorge III de Gran Bretaña, y las nombro Islas Falkland.

Debido al entusiasta reporte de Byron, Inglaterra decidió enviar otra expedición para establecer una base permanente;​ este segundo envío británico arribó a Puerto Egmont el 8 de enero de 1766, comandado por el capitán John Macbride. En marzo de 1766 los ingleses advirtieron la presencia de naves francesas en la zona. Para el 2 de diciembre de 1766, ambos ocupantes conocían la presencia del otro,​ y Macbride intimó sin resultado la evacuación de Port Louis sin delatar el emplazamiento de Port Egmont.

Localización de Port Egmont.

En vista de la situación, y luego de la retirada francesa, la corte española ordenó expulsar cualquier asentamiento británico en el área.

Fueron enviados barcos españoles en busca del establecimiento británico. El capitán de fragata Domingo Perler, a bordo del chambequín Andaluz, salió de Montevideo el 23 de diciembre de 1768 y el teniente de navío Francisco Gil y Lemos zarpó de Buenos Aires en diciembre de 1768 en la fragata Santa Rosa, ambos sin resultado. En febrero de 1770, la fragata española Santa Catalina, al mando del capitán de fragata Fernando de Rubalcava, localizó finalmente Puerto Egmont; hubo un intercambio de acusaciones pero las hostilidades no pasaron de ese punto. Sin embargo España organizó desde Montevideo una flotilla al mando de Juan Ignacio de Madariaga, con órdenes de desalojar a los ingleses.​ La formaban las fragatas IndustriaSanta BárbaraSanta Catalina y Santa Rosa y el chambequín Andaluz, que zarparon de Montevideo el 11 de mayo de 1770. El 4 de junio el escuadrón español se presentó ante Puerto Egmont y tras intercambiar mensajes con los ingleses y no obtener una respuesta favorable decidió proceder al desalojo: Puerto Egmont se rindió el día 10, luego de algunos disparos.​

Inglaterra interpretó la acción española como una afrenta al honor nacional, y reaccionó enérgicamente; al poco tiempo, el conflicto amenazaba con desembocar en una guerra. Francia estaba atada a España por el Pacto de Familia, por lo que debía apoyarla ante un eventual esfuerzo bélico;​ sin embargo su actitud se limitó a la retórica: recomendó al rey de España, Carlos III, que aceptara el compromiso de permitir a Inglaterra el reinstalarse en Puerto Egmont sin que esto significara un renunciamiento a los derechos españoles. El 22 de enero de 1771 los contendientes firmaron una declaración, en la que Su Majestad Católica se comprometía a:

(...) dar órdenes inmediatas, a fin de que las cosas sean restablecidas en la Gran Malvina en el Puerto denominado Egmont exactamente al mismo estado en que se encontraban antes del 10 de junio de 1770.

Pero luego el texto agrega que:

(...) el compromiso (...) de devolver a S.M. Británica el Puerto y Fuerte de Puerto Egmont no puede ni debe afectar, de ninguna forma, la cuestión del derecho anterior a la soberanía de las Islas Malvinas también llamadas Falkland.

La firma de esta declaración supuso una solución pasajera al conflicto, para algunos especialistas, empero, debilitó la posición de España. Metford, por ejemplo, sostiene que la acción española de restaurar el statu quo ha sido un factor de incomodidad entre los defensores del caso argentino. Sin embargo, relativiza el valor legal de ese argumento, al afirmar que el arreglo había reducido el problema a una situación de facto, en donde las consideraciones jurídicas no habían tenido ningún lugar. Además, agrega que la posterior evacuación británica de 1774 había resuelto el problema sin insistir en el aspecto legal.

Gustafson coincide en líneas generales. En su opinión, al recuperar Puerto Egmont Inglaterra había conseguido una suerte de tácito reconocimiento de sus derechos, por lo que el statu quo no había sido restaurado. Pero luego aclara que el inciso incluido en la declaración que afirma que "todas las cosas serán inmediatamente restauradas a la situación precisa en que estaban antes del 10 de junio de 1770" dejaría los derechos de fondo afuera de la discusión.​

Presunto acuerdo secreto

Existe una versión de los hechos que sostiene la existencia en la declaración bipartita antedicha de una cláusula secreta, privada y no oficial.​ Según este supuesto inciso, España concedería a Inglaterra la posibilidad de retornar a Port Egmont, para que esta pudiera, luego de un tiempo prudente, hacer una retirada honorable que salvara las apariencias y mantuviera el orgullo nacional intacto.

Goebel, por ejemplo, cree que esta promesa existió porque no sólo fue trasmitida a los embajadores de España y Francia por funcionarios gubernamentales de primera línea del gobierno de Inglaterra (como North y Rocheford) sino que además fue insinuada por el rey Jorge III en persona.​Del lado británico al menos, no se ha hallado hasta el presente un testimonio escrito oficial que pruebe esta hipótesis, ni ha sido admitida en público por el gobierno. A pesar de ello la especie ha sido suscrita por numerosos historiadores de ambos bandos, según reconoce el mismo Foreign Office.​Más aún, en un memorándum reservado interno esta institución admite que:

Hay evidencia para apoyar la convicción de que una garantía verbal de retirarse de las Falkland fue dada por Lord North en noviembre de 1770. Sin embargo, no puede ser totalmente demostrado.
(...) aceptar el hecho de una garantía secreta es destruir definitivamente el caso británico anterior a 1833.

Con cláusula secreta o sin ella, tres años después, a fines de 1773, Inglaterra ordenó a sus oficiales en Port Egmont abandonar las islas Malvinas, lo cual fue cumplido el 22 de mayo de 1774.​ Antes de dejar las islas, fijaron una placa de plomo con la siguiente inscripción:

Sepan todas las naciones, que las islas Falkland, con este fuerte, los almacenes, desembarcaderos, puertos naturales, bahías y caletas a ellas pertenecientes, son de exclusivo derecho y propiedad de su más sagrada Majestad Jorge III, Rey de Gran Bretaña, Francia e Irlanda, Defensor de la Fe, etc. En testimonio de lo cual, es colocada esta placa, y los colores de Su Majestad Británica dejamos flameando como signo de posesión por S. W. Clayton, Oficial Comandante de las Islas Falklands. A.D. 1774

Esta placa fue removida en 1780, y llevada a Buenos Aires por el capitán Juan Pablo Callejas.​ Fue recuperada del archivo de la ciudad por William Beresford durante la invasión inglesa de 1806 al Río de la Plata, pero nunca llegó a Gran Bretaña y su paradero actual es desconocido.

Informe de Samuel Johnson

Samuel Johnson leyendo la novela El vicario de Wakefield. Detalle del grabado publicado en The Illustrated Magazine of Art Vol. 1, N. 1 (circa 1853).

El acuerdo público alcanzado por ambos países en 1771 fue duramente atacado por la oposición parlamentaria al gobierno británico, especialmente aquel inciso que establecía que la devolución de Port Egmont no afectaba los derechos españoles subyacentes.

Para defenderse, el gobierno encargó al eminente filósofoensayista y literato Samuel Johnson la redacción de un informe que explicara la postura gubernamental.​ Este documento —de carácter oficial y refrendado por el gobierno británico— es notable por muchos motivos:

  • Establece que el honor de Su Majestad había sido debidamente restaurado.
  • Describe a las islas como provistas de un valor económico miserable:
Una estación para comerciantes contrabandistas, para protección del fraude, y un receptáculo del robo.

[Islas que como colonia] nunca llegarán a ser independientes, porque nunca serán capaces de automantenerse.

[La corona inglesa ha ganado] una triste y melancólica soledad, una isla postergada para uso humano, tormentosa en invierno, y árida en verano; una isla que por no habitarla, ni los salvajes del sur han dignificado.
  • Relativiza las pretensiones británicas de que Davis y Hawkins fueran descubridores del archipiélago.
  • Confiesa que, en relación con las pruebas existentes, el reclamo británico de descubrimiento y primer asentamiento "pertenece más a la confianza que a la certeza".
  • Reconoce el derecho exclusivo de navegación que le cabe a España en los mares australes:
Es bien sabido que las prohibiciones al comercio extranjero son, en esos países (Mar del Sur), como mínimo rigurosas, y que ningún hombre no autorizado por el Rey de España puede comerciar excepto por el uso de la fuerza o hurtadillas. Cualquier ganancia para ser obtenida debe serlo por la violencia de la rapiña, o el fraude.


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Respuesta  Mensaje 2 de 2 en el tema 
De: karmyna Enviado: 18/08/2021 18:52


 
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