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General: Cuba: menores son juzgados como peligro contra la Seguridad del Estado
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: administrador2  (Mensaje original) Enviado: 25/01/2022 14:21
Gabriela Zequeira (17 años), sancionada a trabajo correccional sin internamiento; Misael Yoel (16 años), herido de bala en la protesta; y Emiyoslán Román (18 años), con petición de 15 años de cárcel
Cuba: menores son juzgados como peligro contra la Seguridad del Estado
A los menores procesados por la vía sumaria en julio y agosto por su participación en las protestas, se suman los juzgados de forma ordinaria por "sedición".
 
DARCY BORRERO BATISTA
La madrugada del 17 de enero Emilio Román se desveló. Justo a la mañana siguiente —después de seis meses de espera—, debía asistir a la primera sesión del juicio a sus dos hijos varones, manifestantes del 12 de julio en el barrio habanero La Güinera, Cuba. Emilio, en ese terreno oscuro que es la noche, pensaba en el destino de los dos, pero lo que más le arrancaba el sueño era pensar que al más chico, menor de edad cuando participó en la protesta, le pidieran 15 años de privación de libertad cuando solo ha vivido 18. A la vez, Emilio, como quien adapta a su realidad la metáfora, esperaba el amanecer.
 
Ya por la mañana, Emilio llegó al Tribunal Municipal de 10 de octubre, donde se realizó el juicio a sus hijos (Yosney y Emiyoslán) y a otros 21 manifestantes de diversas edades.
 
Entre una sesión y otra, las palabras del padre fueron estas: “Ayer “ayer fue un montaje y hoy va a ser igual”. Era inevitable —considera Emilio—, no fijarse en el grupo de adolescentes entre 17 y 19 años, incluido Emiyoslán, para los que la Fiscalía había solicitado la pena de 15 años de cárcel.
 
Se trata de Yensy Jorge Machado González (18 años), Frank Daniel Roy Sotolongo (19 años), Yassell Guerra Campos (19 años), Marcos Antonio Alfonso Breto (19 años), y el menor de edad Nelson Nestor Rivero Garzón, de 17 años.
 
El caso del menor Nelson Nestor, de 17 años
 
Nacido en La Habana el 15 de febrero de 2004, Rivero Garzón reside en Víbora Park, otro barrio del municipio Arroyo Naranjo. No tiene antecedentes penales, elemento que la Fiscalía reconoce en el expediente 145-C/21, pero lo pone en contraste con que el joven, en su comunidad, “no participa en las actividades convocadas por las organizaciones políticas y de masas, presenta pésima conducta social en su zona de residencia”.
 
A Rivero Garzón —protegido por su condición de niño avalada por Naciones Unidas— lo acusan de sedición por haberse unido a quienes “se desplazaron en forma de grupo por este barrio gritando consignas contrarrevolucionarias que fomentaban la alteración” y vincula esto con “modelos de actuación diseñados por enemigos del sistema socialista”.
 
Sobre la forma en que el menor se integró a la protesta, hay inconsistencia si se revisan dos expedientes de fase preparatoria que relatan los hechos de La Güinera.
 
En el expediente 145-B/21 se lee que el 12 de julio, en horas de la tarde “los acusados asegurados Yoilan Limonta Mojena, Yeinier Ibañez Boudet, Alias “Cirilo” y Nelsón Nestor Rivero Garzón, puestos de mutuo acuerdo, decidieron trasladarse para La Habana, en busca de información sobre los disturbios que se venían acometiendo desde el día anterior, para lograr obtener ganancias con su participación. Por ello, mientras transitaban en un vehículo de alquiler escucharon a una persona referir que en ese momento se estaba realizando una concentración en el Reparto La Güinera, razón por la que deciden trasladarse hasta ese lugar y al llegar se dirigen hasta el conocido por ‘la lomita’, donde una multitud realizaba actos violentos. Así se unieron a la multitud que allí se encontraba”.
 
En cambio el expediente 145-C/21 consigna que “el acusado asegurado Roberto Ferrer Gener, como parte de la campaña desestabilizadora, que llevan a cabo algunas personas contra la Revolución Cubana y con el propósito de subvertir el orden social socialista consagrado en la Constitución, el día 10 de julio del 2021, aproximadamente a las 7:30 pm, en los momentos que se encontraba en la calle Atlanta, reparto la Palma, municipio Arroyo Naranjo, advirtió la presencia del acusado asegurado Yeinier Ibañez Boudet, a quien conocía con anterioridad, convidándolo a participar en una concentración de personas que tendría lugar en la Güinera y por esto le pagaría la suma de 1500.00 CUP, exigiéndole que tenía que gritar consignas contra la Revolución Cubana, lanzar piedras contra la policía u otros miembros de la autoridad y buscar a otras personas que se sumaran a la protesta, propuesta que Ibañez Boudet aceptó”.
 
“Fue así que el acusado Yeinier Ibañez Boudet con conocimiento de los hechos acaecidos el día 11 de julio del 2021, y con motivo de mantener la continuidad de hechos violentos, el día 12 del propio mes y año, después de las 5:00 pm en los momentos en que se encontraba en el lugar conocido por Las Piedras en el reparto Víbora Park, municipio Arroyo Naranjo, se encontró con el también acusado asegurado Nelson Nestor Rivero Garzón y una persona no identificada hasta la fecha y puestos de común acuerdo en ese instante decidieron participar de forma activa en los actos violentos que se iban a desarrollar en la Güinera, del precitado municipio y provincia y para ello encaminaron sus pasos hacia el referido reparto”.
 
Entonces, ¿lo planificaron desde el día antes o fue algo más espontáneo que decidieron al oír que había una concentración en La Güinera? Ni los fiscales se ponen de acuerdo.
 
Asimismo, el expediente, que insiste en despojar de espontaneidad a la protesta y persigue a presuntos instigadores, menciona el momento en que Rivero Garzón arroja piedras y lanza una “botella en llamas” contra los miembros del Ministerio del Interior que se encontraban en el lugar.
 
No hace referencia a los disparos de la Policía que alcanzaron al menos a cuatro manifestantes, uno de ellos el menor de edad Misael Yoel Fuentes García (16 años), quien tuvo que ser trasladado hacia el hospital Ángel A. Aballí, el pediátrico más cercano, y de ahí lo remitieron al Juan Manuel Márquez, donde lo operaron. “Salió bien de la operación pero a raíz de eso empezaron a investigarlo y a hacerle seguimiento”, precisó su padrastro Janoi Ceballos. Misael Yoel terminó siendo multado, con un valor a pagar de mil pesos cubanos (unos 40 dólares al cambio oficial). Lejos de juzgar a quienes apretaron el gatillo, la Fiscalía inclina la culpa hacia los civiles, sean jóvenes o adultos.
 
De hecho, con sobreseimiento apenas han sido beneficiadas 9 personas, y liberadas con multas, 99, de un listado que incluye más de 1300 detenciones en relación con las protestas a lo largo del país. Solo por el delito político de sedición, han sido enjuiciadas hasta ahora 95 personas, 29 entre 16 y 20 años de edad, y 7 entre 16 y 17 años.
 
¿Quiénes son los “sediciosos”?
 
Los adolescentes Samuel Torres Durán (16 años); Yeral Michel Palacios Román (17); Ernesto Abelardo Martínez Pérez (17); Ayan Idalberto Jover Cardosa (17) y Keyla Roxana Mulet Calderón (17), bajo petición —firmada por el fiscal Fernando Sera Planas— de 15 años de privación de libertad, fueron juzgados en Holguín del 11 al 14 de enero. Similar sucedió con los jóvenes Marcos Antonio Pintueles Marrero (18), Jorge Luis Martínez García (18) y Yoel Ricardo Sánchez Borjas (18), a quienes el mismo fiscal les pidió, irónicamente, penas de privación de libertad que igualan en años sus edades.
 
Durante los mismos días, en La Habana fueron juzgados, también por el delito de sedición, Yoilan Limonta Mojena (18), Yosnel Daniel Castro Fernández (18), Juan Yanier Antomarchi Nuñez (18), y Eloy Bárbaro Cardoso Pedroso (18), para quienes la Fiscal Susdinay Acosta Traba propuso penas de 15 años.
 
Comentarios de algunas madres y familiares, más un reporte del defensor de Derechos Humanos José Díaz Silva indican que los casos de los cuatro más jóvenes quedaron conclusos para sentencia "con siete años, y les pedían 15”, mientras que para Adan Kiubel Castillo Echevarría, también de 18 años de edad, no varió la petición fiscal de 22 años.
 
La plataforma Justicia 11-J documenta 400 juicios en relación con las protestas de julio. Para las próximas semanas, quedan pendientes a juicio por este delito al menos 63 personas, de ellas 7 son menores que, como los ya juzgados y los que se han mantenido en prisión provisional, han quedado separados de sus padres. En particular, estas circunstancias han afectado a la familia del menor Rowland Castillo Castro, detenido en espera de juicio, con petición de 23 años de privación de libertad. Su madre Yudinela denunció recientemente que no sabía del estado de salud del niño, quien tuvo que ser trasladado al hospital Juan Manuel Márquez, conocido como el Pediátrico de Marianao porque se quejaba de dolores fuertes y persistentes.
 
Por eso, Justicia 11-J insiste en que la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada por Cuba en 1991 y ratificada en 1992, no solo establece la libertad de expresión, de pensamiento, de conciencia y de religión, sino también el derecho de los menores a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular. Esta Convención establece en su Artículo 37 que todo niño privado de libertad deberá ser tratado con humanidad, estará separado de los adultos, tendrá derecho a mantener contacto con su familia y a tener pronto acceso a la asistencia jurídica u otra asistencia adecuada.
 


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